Reabrió este jueves el Casino de Durazno

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Funciona  en el horario que cumplía antes de su cierre por la crisis sanitaria. Según pudo saber DURAZNO DIGITAL uno de los requisitos obligatorios para ingresar es hacerlo con tapabocas, además de seguir otros protocolos que el MSP ha difundido a raíz de la pandemia de Coronavirus que afecta a Uruguay y el mundo.

Detalles oficiales publicados por Presidencia


Actividad en salas de juegos de azar administrados por la Dirección de Casinos fue habilitada a partir del 6 de agosto.

Fue aprobado el protocolo de seguridad para la reapertura de las salas de juegos que administra la Dirección Nacional de Casinos, oficina dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Entre las principales medidas, se incluye un aforo máximo de una persona cada cinco metros cuadrados, estrictas medidas de limpieza, desinfección y distanciamiento social para clientes y funcionarios.

Las salas comunicarán de la forma más visible las medidas de protección y seguridad sanitaria, destaca el comunicado del ministerio.

El protocolo incluye la facilitación en forma permanente de alcohol en gel y productos para la limpieza de manos, el control del aforo en las salas, la medición de la temperatura corporal, el lavado de manos previo al ingreso y el uso de tapabocas. Este último punto será obligatorio durante la permanencia en la sala. Cada gerencia podrá aplicar el derecho de admisión o derecho de exclusión previsto en la ley.

También está dispuesta en las medidas aprobadas la desinfección periódica de monitores, teclados y sillas. Por otra parte, las máquinas tragamonedas serán reubicadas a dos metros entre sí. Para los juegos de paño o mesa, se limitará la cantidad de jugadores y no se recibirán billetes en las mesas.

Las salas con servicio de gastronomía instalarán mesas para un máximo de cuatro personas y a dos metros entre sí. No se autorizan los servicios en barras o mostradores.

La cartelería contendrá la exhortación a “asumir su responsabilidad de cuidado personal en caso de padecer alguna patología de las que lo ubican como persona de riesgo, cursar un embarazo u otra condición de las establecidas por el Ministerio de Salud Pública, absteniéndose en tales casos de ingresar a dichos establecimientos por cuanto es de su exclusiva responsabilidad cumplir con la normativa específica vigente para ese grupo de personas”.

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