Presupuesto jerarquiza área de discapacidad al integrarla con cuidados en una secretaría nacional

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El ministro de Desarrollo Social, Pablo Bartol, destacó la importancia brindada en este período al área de discapacidad, al disponer la creación de la Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad. 
El jerarca participó, junto con el titular de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, de la conmemoración del segundo aniversario de la ley n.º 19.691, que promueve el trabajo para personas con discapacidad.

“En la ley de presupuesto nacional, estamos proponiendo una jerarquización institucional del área de discapacidad, que, hasta ahora, ha sido un programa dentro del ministerio, y pasaría a ser la Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad”, adelantó Bartol, este miércoles 18, en la Torre Ejecutiva.

El ministro estuvo presente en el acto que conmemoró los dos años de aprobación de la Ley de Promoción del Trabajo para Personas con Discapacidad. Además de Bartol y Mieres, también asistieron la directora del Programa Nacional de Discapacidad, Gabriela Bazzano, y el director nacional de Empleo, Daniel Pérez.

Esa normativa establece una cuota de ingreso para personas con discapacidad en la actividad privada y es considerada un avance en la materia, al igual que la ley n.º 18.651, de 2010. El articulado de esta última reglamenta el cumplimiento del 4% de las vacantes para personas con discapacidad en el ingreso a la función pública.

“En materia legislativa, Uruguay ha dado los pasos correspondientes y esa es una señal fuerte hacia la sociedad, buscando impulsar, acompañar, promover y dinamizar un cambio cultural hacia una sociedad inclusiva”, indicó Mieres.

Aunque reconoció que todavía falta para cumplir la meta de la inclusión laboral total, la ley n.º 19.691 está orientada en esa dirección. Del 4% de los cupos para personas con discapacidad en puestos del Estado previsto en la ley n.º 18.651, solo se ocupó el 2%, precisó.

Consideró que es necesario encontrar fórmulas que garanticen el cumplimiento de la norma, mientras en la esfera privada la dificultad adicional radica en la inexistencia de un registro formal obligatorio que facilite el control de las disposiciones.

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