Ejecutivo habilitó un máximo del 75% del aforo para espectáculos deportivos al aire libre

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La Secretaría Nacional del Deporte, en acuerdo con el Ministerio de Salud Pública, autorizó a partir del 26 de octubre, un aforo máximo del 75% del escenario para espectáculos deportivos que se realicen al aire libre. La habilitación indica que todos los espectadores mayores de 12 años deberán disponer del cronograma de vacunación completo contra el COVID-19. En los palcos cerrados, el aforo se amplía al 60% de la capacidad.


El organismo establece que las federaciones o clubes que hagan uso de la opción de ampliar el aforo deberán cumplir, bajo su responsabilidad, diferentes obligaciones que, de no ser tenidas en cuenta, podrán causar la revisión o revocación de la autorización a la institución, además de las sanciones impuestas por la legislación vigente.

Entre ellas, se destaca la fiscalización de que el público mayor de 12 años de edad cuente con el certificado de vacunación correspondiente, y se deberá controlar el cumplimiento del protocolo sanitario vigente, en especial el distanciamiento social y el uso de tapabocas, durante toda la permanencia en el escenario.

También especifica que la distribución de los espectadores se deberá realizar en forma equitativa entre todas las tribunas, de forma tal de no sobrepasar el aforo máximo permitido en ninguna de ellas. Asimismo, se indica que los estadios que presenten palcos cerrados podrán ocupar el espacio en un máximo del 60% de su capacidad total permitida, siempre que aseguren una correcta ventilación.

En cuanto a venta o canje de entradas, la autorización expresa que se deberán tomar las medidas correspondientes tendientes a evitar aglomeraciones, al igual que en el ingreso y salida del escenario deportivo.

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