Pandemia: elevado número de comercios de Durazno exonerados del pago de tributos

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El  viernes 15 de octubre, en la sesión Ordinaria de la Junta Departamental, 29 en 29 ediles presentes en sala, aprobaron una iniciativa enviada por el Ejecutivo, tendiente a darle un afloje al sector comercial de Durazno, que sufrió -como todos- los efectos del Coronavirus.
 
Si bien la solicitud llegó del edificio comunal, el curul Pablo Revello (FA), dejó constancia que varios meses antes el socialista Javier Niche había presentado un proyecto similar en la JDD, con el mismo propósito.
 
Según el remitido que tuvieron en sus manos los ediles los alcances del afloje están contenidos en el siguiente punto aprobado en la sesión. 
 
Punto N°4.-
 
“Visto: Oficio No 287/2021 del 14 de setiembre  de 2021, remitido por el Ejecutivo Departamental referente a exoneración y remisión de multas y recargos de los tributos de Higiene Ambiental, Tasa Bromatológica, Derecho de Piso y Toque de Andén.- 
 
Considerando 1): lo dispuesto por el art. 273, numeral 3º) y por el art. 275, numeral 4º) de la Constitución de la República.- 
 
Considerando 2): que la iniciativa recibida pretende otorgar facilidades de pago a aquellos comercios que se han visto afectado por los efectos de la pandemia de COVID-19.- 
 
Considerando 3): que la misma plantea exonerar del pago a los sujetos pasivos de Higiene Ambiental, Tasa Bromatológica, Derecho de Piso y Toque de Andén de los tributos devengados en el período julio-2021 a diciembre-2021; así como remitir multas y recargos para quienes encontrándose al día a marzo de 2020 no pudieron mantener situación regular de pago de los mismos hasta junio 2021.- 
 
Considerando 4): que según surge de informe adicional solicitado por esta Asesora al Ejecutivo las exoneraciones planteadas estarían beneficiando a unos 1050 contribuyentes y significan una renuncia fiscal estimada de $7.000.000  ( pesos uruguayos siete millones), por lo cual el Ejecutivo deberá readecuar sus egresos a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal.- 
 
Considerando 5): que tal como lo dispone la Ordenanza 62 del Tribunal de Cuentas de la República toda modificación de recursos debe ser aprobada ad referéndum del mismo.- 
 
Atento: a lo anteriormente mente expuesto esta Asesora aconseja la aprobación del siguiente: PROYECTO DE DECRETO.
 
Artículo 1- Exonérese el pago  de los Tributos de Higiene Ambiental, Tasa Bromatológica, Derecho de Piso y Toque de Andén devengados en el período julio a diciembre 2021.- 
 
Artículo 2-  Remítase todas las multas y recargos de los tributos de Higiene Ambiental, Tasa Bromatológica, Derecho de Piso y Toque de Andén, de aquellos contribuyentes que encontrándose al día con sus obligaciones  a marzo de 2020 no pudieron mantener situación regular de pagos de los mismos hasta junio 2021.
 
Artículo 3-  La remisión de multas y recargos dispuesta en el artículo 2 se aplicará para aquellos contribuyentes que abonen los tributos referidos hasta el 15 de diciembre de 2021.- 
 
Artículo 4- Exigir al Ejecutivo Departamental la readecuación de sus egresos a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal.- 
 
Artículo 5- Remítase al Tribunal de Cuentas a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en Ordenanza 62.- 

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