Durazno vivió una Navidad con pirotecnia sonora

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Foto de archivo

Quienes  en la Junta Departamental de Durazno aprobaron la normativa que entrará a regir en marzo 2021 (eso se espera), seguramente se habrán sentido un poco solos en la cruzada, dado que a la hora cero -del 25 de diciembre- el cielo duraznense se cubrió de coloridos destellos y los estruendos no fueron menos intensos que los escuchados otros años.

Si bien es cierto que aún se podía utilizar pirotecnia sonora (no se debía), las autoridades legislativas abrigaban la esperanza de que al difundirse el decreto -previo a las fiestas- la gente tomaría conciencia, y por ende adoptaría una conducta empática con los niños que padecen trastornos del espectro autista (TEA) y los animales, particularmente, los perros. Pero, nada de eso ocurrió.

Los cohetes, las bombitas de diversa procedencia, las bengalas, entre otros elementos pirotécnicos, resonaron como siempre en el aire de la calurosa Noche Buena y nada hace pensar que no ocurrirá lo mismo a Fin de Año.

La normativa aprobada por los partidos Nacional, Frente Amplio, Colorado y Cabildo Abierto, que aguarda el visto bueno de la Intendencia -y Bomberos- incluye sanciones que van desde 3 a 100 UR (según el caso) no sólo para los vecinos que infrinjan la normativa; también, para los comercios locales que vendan pirotecnia sonora una vez  reglamentada la iniciativa.

Vale recordar que como se trata de una normativa departamental sólo aplicará a espacios públicos. No podrá impedir que alguien explote bombitas en el patio de su casa o adquiera fuegos artificiales en otra ciudad y los traiga a Durazno. Repasamos lo votado en la última sesión realizada por la JDD antes de entrar en el tradicional receso estival.

“VISTO: El planteamiento presentado por la Sra. Edil Inés Colina en el mes de Agosto del presente año exponiendo en Sala respecto a la necesidad de legislar en cuanto a la venta de Pirotecnia Sonora, en virtud del daño que su uso provoca en las personas con trastornos del espectro autista, así como a animales  en general.

CONSIDERANDO I: Que se han recibido informes y apoyos a esta iniciativa por parte de diferentes organizaciones no gubernamentales del departamento vinculadas a la patología citada como lo es PANITEA, así como al bienestar animal, recabando suficiente información para ilustrar a los integrantes de esta Junta Departamental sobre el severo y tangible daño físico que el uso de dicho material, principalmente cuando es de efecto sonoro, produce en estas personas y demás seres vivos.

CONSIDERANDO II: Los antecedentes de las Juntas Departamentales de Río Negro y Flores, cuyos informes también han contribuido para la realización del presente Proyecto de Decreto. Los proyectos presentados en las Juntas Departamentales de Soriano y Montevideo con el mismo fin.

CONSIDERANDO III: En el mes de Agosto del presente fue presentado un Proyecto de Ley sobre el Uso de Pirotecnia en la Comisión de Defensa Nacional del Parlamento identificado con la Carpeta N° 567/2020.

ATENTO: A las facultades que la Constitución de la República otorga en cuanto a legislación departamental; LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA:

Artículo 1°: PROHÍBASE la Exposición y/o Venta de Material de Pirotecnia Sonora, en todo el Departamento de Durazno, a partir del 1° de Marzo de 2021.-

Artículo 2°: PROHÍBASE el Uso de Pirotecnia Sonora en los espacios públicos, en todo el Departamento de Durazno.-

Artículo 3°. El Uso de Pirotecnia Sonora  por instituciones privadas cuando sea denunciado y comprobado será causa suficiente para la suspensión de cualquier tipo de beneficio del que gocen por parte de la Intendencia de Durazno.-

Artículo 4°: El Uso de Pirotecnia Lumínica en espectáculos públicos deberá ser siempre supervisado por la Dirección Nacional de Bomberos y la Intendencia de Durazno.-

Artículo 5°: Se faculta a la Intendencia de Durazno, en los casos en que se halle exposición y/o venta de material de pirotecnia Sonora, a proceder a la requisa y posterior destrucción de dicho material, pudiendo solicitar la asistencia del Ministerio del Interior toda vez que fuera necesario y coordinación con autoridad competente.-

Artículo 6°: La Intendencia de Durazno y los Municipios realizarán campañas educativas en todos los medios de difusión que dispongan para promover y estimular hábitos que mejoren la convivencia responsable, desestimulando el uso de cualquier artefacto pirotécnico.-

Artículo 7°: La Intendencia de Durazno, reglamentará el presente Proyecto de Decreto, remitiéndolo a la Junta Departamental para su aprobación, estableciendo multas correspondientes y su criterio de aplicación en el margen de 3 a 100 UR de acuerdo a su gravedad, reiteración de incumplimiento y posibles inhabilitaciones comerciales.-

Artículo 8°: REMÍTASE al Ejecutivo Departamental a sus efectos.- Firman los Ediles señores: Enrique ERRAMUSPE, Pablo REVELLO, Francisco VALETTA, Guillermo GURBINDO, Ines COLINA,  Fredy D’ALESSANDRO, Andrea BARCELO, Javier BESSONART, Carlos CARRICA”.-


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