El aniversario de la Corte Electoral y el voto femenino en Cerro Chato desde la perspectiva internacional

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IBEROAMÉRICA CENTRAL DE NOTICIAS publicó en su sitio web un artículo que permite acercarse a dos hechos importantes para Uruguay: los 97 años de la Corte Electoral y la recordada instancia cívica en Cerro Chato donde participaron las mujeres por primera vez en América Latina.

Por ICN

Con sus jóvenes 97 años la Corte Electoral festeja su aniversario, el máximo órgano electoral uruguayo cuenta con el mayor prestigio local e internacional por su imparcialidad y transparencia en todos los actos que se han realizado en el país.

El 9 de enero 1924, luego de que una comisión integrada por veinticinco parlamentarios redactara las bases del actual sistema electoral uruguayo fue creado dicho organismo electoral. Dicha comisión estuvo presidida por Andrés Martínez Trueba, y fue denominada como la Comisión de los 25.

El 3 de julio de 1927, Uruguay se convirtió en el primer país latinoamericano en donde las mujeres pudieron votar. Se trató de un plebiscito local donde los ciudadanos de la localidad de Cerro Chato deberían decidir a qué único departamento debería pertenecer dicha localidad. En ocasión de dicho plebiscito la Corte Electoral dictó un decreto que señalaba:
“Las personas sin distinción de nacionalidad y sexo que deseen intervenir en el plebiscito deberán inscribirse previamente en el Registro que abrirá la Comisión Especial Parlamentaria”.

La primera mujer que votó en Latinoamérica lo hizo en esta ocasión y se llamaba Rita Rebeira, quien era inmigrante brasileña y tenía noventa años. El resultado de este plebiscito nunca fue aceptado y Cerro Chato continúa siendo parte de los departamentos de Florida, Treinta y Tres y Durazno. Once años más tarde de este acontecimiento finalmente fue aprobado el voto femenino, fue en las elecciones nacionales de 1938.

En 1971 se realizaron unas polémicas elecciones nacionales, teñidas de múltiples acusaciones de fraude;  fue la única vez en la historia que la Corte Electoral se vio cuestionada por esto.

En 1973 el gobierno cívico-militar decretó la intervención de la Corte Electoral, nombrando un directorio de tres miembros presidido por Nicolás Storace, quien se mantuvo como Presidente interventor de la Corte Electoral hasta la designación de sus nuevos titulares por el Parlamento democrático en 1985. Durante la dictadura, entonces, la Corte nunca cerró. En ese periodo se realizaron tres comicios: un plebiscito constitucional en 1980, las elecciones internas de los partidos políticos en 1982 y las elecciones nacionales en 1984. Pese a la intervención, en todas estas instancias la transparencia de los procesos fue reconocida mundialmente, así como por todos los participantes en ellos.

Su organización y funciones se encuentran reguladas por la sección XVIII de la Constitución de la República y por la Ley 13.882.

Una de sus tareas consiste llevar el denominado Registro Cívico Nacional, un padrón electoral de los ciudadanos naturales y legales con derecho a voto, a los que se les emite el documento conocido como Credencial Cívica.

En Uruguay el voto es obligatorio en las elecciones Nacionales, Departamentales, así como en la segunda vuelta presidencial (balotaje), pero no en las Internas de los Partidos Políticos. Todo individuo mayor de 18 años debe registrarse ante la Corte Electoral y obtener su credencial cívica para poder ser un ciudadano de pleno derecho.

Los candidatos presentan sus hojas de votación ante la Corte Electoral, para su registro previo a cada acto comicial.

La Corte Electoral constituye además un tribunal en materia electoral, en todos aquellos casos en los cuales haya dudas sobre el resultado de comicios, sobre la elegibilidad de un ciudadano para un cargo, o sobre la procedencia de realizar o no un plebiscito.

La Corte Electoral ejerce la superintendencia sobre las Juntas Electorales Departamentales, órganos electivos de 5 miembros.

Algunas normas le han conferido a la Corte Electoral cometidos de organización y fiscalización de actos electorales a nivel de otros órganos del Estado, como la Universidad de la República, las Asambleas Nacionales de Docentes de la Administración Nacional de Educación Pública o el Banco de Previsión Social.

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