Una sociedad digital más accesible. Por Esc. Alejandro Guerrero

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“Se aprobó el Decreto N° 406, del 22 de diciembre del 2022, que reglamenta lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, en el que se encomienda a la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic) a determinar la aplicación de las normas, requisitos y exigencias técnicas para asegurar la accesibilidad digital en el Estado”.*

En nuestro país, desde el año 2010 la ley 18.651 protege los derechos de las personas en situación de discapacidad. La misma establece un sistema que asegura un conjunto de derechos fundamentales tales como, salud, educación, trabajo, entre otros. 

En ese sentido, el artículo 88 de la ley 19.924 (ley de presupuesto nacional) dispuso que el Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y las personas de derecho público no estatales deberán asegurar la accesibilidad digital para contenidos web, siguiendo las exigencias de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) que deberá tomar los lineamientos y recomendaciones internacionales.

¿A qué se refiere con el término accesibilidad digital?

La accesibilidad refiere a condiciones que los espacios, productos y servicios deben cumplir para que las personas puedan utilizarlos de manera autónoma y en igualdad de condiciones. 

El decreto define la accesibilidad digital como el resultado de diseñar y desarrollar servicios y productos digitales para que el mayor número de personas puedan usarlos, independientemente de sus condiciones personales y de su entorno.

¿Bajo qué pautas o criterios se definirá la accesibilidad digital?

El decreto refiere a las pautas W3C - WAI (Web Accesibility Initiative del World Wide Web Consortium). Estas pautas son criterios internacionales que categorizan el grado de accesibilidad de un servicio o producto digital.

W3C es el consorcio internacional que define los estándares web, como HTML y CSS, que son lenguajes informáticos claves para el desarrollo de los sitios web.

WAI refiere al grupo de trabajo, el cual se denomina Iniciativa de Accesibilidad Web (WAI), quienes han publicado las Pautas de Accesibilidad al Contenido Web (WCAG).

Estas pautas o directrices están conformadas por diversos principios y criterios que determinan el grado de accesibilidad de un servicio o producto digital, este es determinado mediante tres niveles de conformidad (nivel A, AA y AAA).

El nivel más bajo (A) asegura que las personas con discapacidad puedan acceder al contenido, por otro lado, el nivel más alto (nivel AAA) garantizan una mejor usabilidad y aumenta la probabilidad de llegar a más personas.

El presente decreto establece que para que un servicio o producto digital sea considerado accesible deberá alcanzar el NIVEL AA (nivel medio) y cumplir con algunos criterios del nivel AAA.

En resumidas palabras, esto quiere decir que la nueva normativa garantizará un nivel medio de accesibilidad que será obligatorio para servicios y productos digitales del Estado, como pueden ser: páginas web, plataformas, aplicaciones móviles, de centros educativos, hospitales, ministerios, por citar algunos ejemplos. 

Estas herramientas se vuelven cada vez más obvias y “comunes” porque las necesitamos para trabajar, estudiar, comunicarnos y ejercer nuestros derechos. Cada día, más aspectos de nuestra vida dependen del uso de entornos digitales, y parece irracional e increíble que muchos de nuestros ciudadanos se vean impedidos de poder acceder por barreras técnicas que hacen inaccesible por ejemplo un sitio web referido a la salud o educación pública.

Por ese motivo, esto significa un gran paso hacia una sociedad digital, más justa, equitativa y empática consigo misma.

*FUENTE: Se aprobó Decreto sobre accesibilidad digital | Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (www.gub.uy)

Esc. Alejandro Guerrero – Para DURAZNO DIGITAL. Montevideo 19 de enero de 2023.  IR A PORTADA 

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