
MGAP declaró la emergencia agropecuaria, por déficit hídrico, en tres departamentos y seccionales de siete más, entre ellas la novena de Sarandí del Yí. Tras declarar en la mañana de este martes la emergencia sanitaria por gripe aviar, declaró ahora la emergencia agropecuaria por déficit hídrico.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) declaró la emergencia agropecuaria en todo el territorio de tres departamentos y en algunas seccionales policiales de otros siete, según se informó este martes 24 de febrero desde dicha Secretaría de Estado."En virtud de la propuesta elevada por la Comisión de Emergencias Agropecuarias —integrada por el MGAP, el Instituto Uruguayo de Meteorología (Inumet) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)—, el ministro Alfredo Fratti ha resuelto declarar la emergencia agropecuaria por un plazo de 90 días", se indicó en un comunicado.
La resolución de la comisión responde al agravamiento en las zonas de referencia de los parámetros objetivos generados por INIA-GRAS e INUMET monitoreados desde inicios de año, específicamente el Índice de Precipitación Estandarizado (IPE) y el promedio decadal del Porcentaje de Agua en el Suelo (PAD).
MGAP señaló cuatro rubros productivos comprendidos
La medida rige para los rubros de ganadería, lechería, agricultura y granja.
Corresponde exclusivamente a toda la superficie de Montevideo, Canelones y Maldonado y, además, en las siguientes seccionales policiales de otros siete departamentos, todos al sur del Río Negro.
Durazno: 9ª (Sarandí del Yí)
Flores: 9ª
Florida: 1ª, 2ª, 3ª, 5ª, 6ª, 7ª, 9ª, 11ª, 12ª, 14ª, 15ª y 16ª
Lavalleja: 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª, 6ª, 7ª, 8ª, 12ª, 13ª y 14ª
Rocha: 1ª, 2ª, 4ª, 7ª, 8ª, 10ª, 11ª y 12ª
San José: 4ª, 8ª y 9ª
Treinta y Tres: 5ª, 6ª y 8ª
Monitoreo permanente del déficit hídrico
Dada la naturaleza dinámica del déficit hídrico, se explicó desde el MGAP, las autoridades mantienen un monitoreo permanente de los parámetros objetivos a los efectos de evaluar la incorporación de nuevas seccionales policiales en caso de que los datos técnicos así lo sugieran.
La posibilidad de realizar compras directas de raciones para alimentar a los ganados en predios de productores afectados es una de las herramientas que permite la señalada declaración.
El MGAP había encaminado, desde fines de enero, un conjunto de medidas, entre ellas el permiso de pastoreo al borde de las rutas nacionales y caminos rurales y varias asistencias financieras.
✎ RESOLUCIÓN 0149 / 2026
VISTO: la situación agroclimática actual según monitoreo realizado por el Sistema de Información Agropecuaria (SNIA);
RESULTANDO: I) que en el marco de lo previsto por el artículo 4° y siguientes del Decreto N° 829/008, de 24 de diciembre de 2008, reglamentario de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, se convocó a la Comisión de Emergencias Agropecuarias a efectos de evaluar los departamentos y localidades afectados por los eventos climáticos relacionados; II) que analizada la información y datos recabados, la Comisión de Emergencias Agropecuarias, por informe de fecha 23 de febrero de 2026, recomendó declarar la Emergencia Agropecuaria debido al déficit hídrico constatado para los rubros ganadería, lechería, agricultura y granja, por el término de 90 días, en los siguientes departamentos y seccionales policiales: Canelones todo el departamento; Durazno sección policial 9a; Flores sección policial 9ª; Florida secciones policiales 13, 2, 3a, 52, 6a, 7a, 9, 11a, 12a, 14a, 15a y 16a; Lavalleja secciones policiales 1ª, 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 12a, 13a, y 14ª; Maldonado todo el departamento; Montevideo todo el departamento; Rocha secciones policiales 1a, 2a, 4a, 7a, 8a, 10a, 11ª y 12a; San José secciones policiales 4ª, 8ª y 9a; y del departamento de Treinta y Tres secciones policiales 5ª, 6a y 8a.
CONSIDERANDO: que de la evaluación realizada por técnicos de esta Secretaría de Estado, del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y la propia Comisión de Emergencias Agropecuarias, se concluye en la necesidad y conveniencia de declarar la Emergencia Agropecuaria para las zonas afectadas y los rubros comprometidos;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas;
EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA RESUELVE:
1°) Declárase la Emergencia Agropecuaria por déficit hídrico para los rubros ganadería, lechería, agricultura y granja, en los siguientes departamentos y seccionales policiales: Canelones todo el departamento; Durazno sección policial 9a; Flores sección policial 9ª; Florida secciones policiales 1a, 2a, 3a, 5a, 6a, 7a, ga, 11a, 12a, 14a, 15a y 16a; Lavalleja secciones policiales 1a, 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 12a, 13a, y 14a: Maldonado todo el departamento; Montevideo todo el departamento; Rocha secciones policiales 1a, 2a, 4a, 7a, 8a, 10a, 11ª y 12a; San José secciones policiales 4ª, 8a y 9a; y del departamento de Treinta y Tres secciones policiales 5a, 6a y 8ª; por el término de 90 (noventa) días a partir de la fecha de la presente Resolución.
2°) Por la División Administración Documental dese cuenta a la Comisión de Emergencias Agropecuarias y publíquese en la página web de este Ministerio.





