A 30 km de Durazno, ambulancia no concurrió por "exceder distancia": edil reclamó que "la vida en el interior vale lo mismo"

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La atención de un accidente ocurrido hace poco más de un mes en las cercanías de San Jorge, llevó a la edil del Partido Colorado, Hilda Ibarbudes, a plantear ante la Junta Departamental una preocupación que, según sostuvo, trasciende ese episodio: las diferencias en la cobertura de emergencias médicas entre Montevideo y el interior del país.

El accidente ocurrió durante la mañana del 1 de julio, en el kilómetro 14 de la ruta 11. El vehículo despistó y dio varias vueltas, y la persona que conducía quedó atrapada entre los hierros. Mientras su acompañante llamó al 911, la Policía procuró conseguir una ambulancia. Según relató Ibarbudes, el prestador de salud más cercano respondió que no concurriría porque el lugar del siniestro excedía la distancia que, de acuerdo con su cobertura, estaba obligado a atender.

Finalmente, la asistencia llegó desde Salud Pública, con una ambulancia con base en Ciudad de Carmen. La persona accidentada fue atendida y trasladada, pero, de acuerdo con el relato de la edil, transcurrieron cerca de dos horas entre el accidente y la llegada de la asistencia médica. 

Ibarbudes destacó especialmente la actuación de policías, bomberos y del equipo médico, de enfermería y del chofer de la ambulancia que finalmente concurrió. Su cuestionamiento, aclaró, no estaba dirigido hacia esos trabajadores, sino hacia el funcionamiento del sistema.

Para la edil, el episodio expone una desigualdad más profunda. Señaló que mientras en Montevideo existen servicios capaces de cubrir distancias mucho mayores —mencionó hasta 100 kilómetros—, en este caso 30 kilómetros desde Durazno fueron suficientes para que el prestador más cercano no concurriera. "La vida en el campo, la vida en el interior vale exactamente lo mismo que la vida en Montevideo", afirmó, al reclamar que el sistema de emergencias esté organizado para responder con la misma eficacia en ambos territorios.

Ibarbudes también recordó que el artículo 23 del decreto 309 de 2008 establece criterios para delimitar geográficamente las áreas de cobertura de los servicios de emergencia. Cuando un accidente queda fuera de esos límites, explicó, corresponde al Ministerio del Interior, a través de Policía Caminera, coordinar la asistencia con la ambulancia disponible, que en muchos casos corresponde al SAME 105 (Sistema de Atención Médica de Emergencia). A partir de ese marco, planteó que deberían revisarse los criterios de distancia y las obligaciones de respuesta de los prestadores en rutas y zonas rurales.

El planteamiento apunta, por tanto, a que la coordinación permita movilizar el recurso sanitario disponible más cercano sin que la afiliación de una persona o los kilómetros que la separan de una base determinen el tiempo de respuesta. 

Pidió que sus palabras sean remitidas al Ministerio de Salud Pública, la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y a los senadores Pedro Bordaberry y Tabaré Viera, para que, si lo consideran pertinente, impulsen desde el Parlamento medidas legislativas o de contralor. Su reclamo fue presentado como una cuestión que excede a Durazno y alcanza a quienes viven, trabajan y se desplazan por las zonas rurales del país.

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