IDD resuelve atención al público en forma excepcional desde este lunes

0

Una resolución, que lleva el número 4263/2021, da fuerza a una medida conocida en las últimas horas, que busca dar mayores oportunidades de pago a los contribuyentes que no utilizan los canales digitales disponibles para estos trámites. El texto es el siguiente. 
 
VISTO: La situación epidemiológica provocada por la expansión de la infección del COVID- 19, que ha motivado la configuración de otra Emergencia Sanitaria Nacional con efecto sobre los ámbitos de competencia territorial y material de los Gobiernos Departamentales.

RESULTANDO I: Que el día martes 23 de marzo del corriente, se reunió el Consejo de Ministros, habiéndose adoptado diferentes medidas tendientes a prevenir la pandemia de enfermedad por CORONAVIRUS. Se establecieron un conjunto de medidas para disminuir la movilidad y el ritmo de contagios de COVID-19, así como recomendaciones en el mismo sentido.

RESULTANDO II: Que con fecha 7 de abril del corriente, el Gobierno Nacional por Conferencia de Prensa informó la continuidad de las medidas tomadas hasta el 30/4/2021. 

CONSIDERA NDO I: Que sin perjuicio de las medidas mencionadas, el Ejecutivo Departamental dictó Resolución Nº 4148/2021 de fecha 24 de Marzo de 2021, por la que se dispuso la suspensión de la atención al público así como la potestad a los jerarcas de esta Intendencia de disponer la concurrencia de los funcionarios bajo su dependencia a realizar en forma extraordinaria las tareas que se les asigne.

CONSIDERANDO II: Que el no funcionamiento en régimen normal en las distintas oficinas de la Intendencia ha generado retrasos en trámites que esperan resolución por parte de los contribuyentes y en pagos a los proveedores, funcionarios y otros beneficiarios de los mismos. 

CONSIDERANDO III: Que los días 15 y 16 de abril vencen los tributos Contribución Inmobiliaria Urbana (pago contado y primera cuota) y segunda cuota de Contribución Inmobiliaria Rural y que sin perjuicio de que los pagos se pueden realizar por las redes de cobranza y por sistema web muchos contribuyentes prefieren realizarlos en las oficinas de la Intendencia.

CONSIDERANDO IV: Que con motivo de los vencimientos muchos contribuyentes se han agendado para regularizar su situación tributaria mediante la suscripción de convenios con los beneficios establecidos en el Decreto Departamental No. 2536/2020. 

ATENTO: A lo expuesto en el articulo 275, numeral 9 de la Constitución Nacional, articulo 35, numeral 24 de la Ley 9.515 y Resolución Nº 4148/2021 de fecha 24/3/2021.

 EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE: 

Primero: Habilítase en forma excepcional la atención al público en la Intendencia Departamental de Durazno y por el término desde el día lunes 12 de abril al día viernes 16 de abril del corriente, para : a- pago de obligaciones vencidas b- cobro de Tributos, en División Tesorería del Departamento de Hacienda, Municipios de Sarandí del Yí y Villa del Carmen, Juntas Locales y Oficina Delegada de Durazno en Montevideo .- c- suscripción de Convenios de pagos de Tributos, ya agendados por la plataforma web habilitada, en las oficinas en donde se encuentren contribuyentes agendados. 

Segundo: Dispónese a los jerarcas respectivos el cumplimiento de todas las medidas sanitarias necesarias dispuestas por el Ministerio de Salud Pública y Comité Departamental de Emergencia, para la prevención del contagio del COVID 19.
Tercero: Se exhorta a la población a que en caso de ser posible se abonen los Tributos mediante los medios habilitados en las redes de cobranza y sistema web, a fin de evitar aglomeraciones innecesarias.

Cuarto: Por la Oficina de Prensa y Propaganda, dése difusión en forma urgente e insértese en la página web oficial de esta Intendencia, y redes sociales de la misma. 

Quinto: Pase para conocimiento y cumplimiento de todos los Señores Directores Generales de Departamentos, Sres. Alcaldes de los Municipios de Sarandí del Yí y Villa del Carmen, Sres. Secretarios de Juntas Locales.

Sexto: Tome conocimiento el CECOED (Centro Coordinador de Emergencia Departamental )

Séptimo: Cumplido y con las constancias de estilo, archívese.-

Junto a Ustedes en el Año del BICENTENARIO de la Fundación de la Ciudad de DURAZNO. Adhesión: Durazno Digital - Portal de Noticias.

Entradas que pueden interesarte