Durazno: sustitución de un artículo de la ordenanza habilita el velatorio de 12 horas

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En  las últimas horas la Intendencia de Durazno publicó la resolución que cumple con lo votado en la Junta Departamental en noviembre del año 2018. El legislativo, según el articulado, recogió la opinión del forense Eduardo Orrico (hoy jubilado) y sobre la misma votó la resolución correspondiente.

DURAZNO DIGITAL pudo saber que desde hace algunos días las empresas fúnebres del medio están al tanto del ajuste introducido en la ordenanza de cementerios, por lo que queda a criterio de los deudos cumplir el tradicional velorio de 24 horas o reducirlo a sólo 12.

Resolución Nº13861/2018. Ordenanza de Cementerio

VISTO: El proyecto de modificación del artículo número 56 de la Ordenanza de Cementerio, remitido a la Junta Departamental de Durazno para su aprobación.

RESULTANDO I: Las inquietudes transmitidas por familiares de personas fallecidas y de Empresas Fúnebres, en cuanto a la posibilidad de no realizar velatorio así como de realizar la inhumación antes de las 24 horas establecidas por la normativa vigente y aplicable mencionada, que hemos recibido a través del  Departamento de Servicios de esta Intendencia.-

RESULTANDO II: Que la normativa actual que establece la inhumación es rígida al respecto, presentando solo una excepción, (que el cuerpo del causante se encuentre en estado de notoria descomposición), por lo cual en todos los demás casos se deberá respetar el plazo de 24 horas después del fallecimiento.

CONSIDERANDO I: Que se solicitó consulta técnica al Dr. Eduardo Orrico (ex-médico forense de nuestro Departamento), quien realizó una exposición explicativa muy clara del horario que se debe de respetar para poder realizar la inhumación; explicando que "su razón de ser es a los efectos de la no existencia de duda alguna en cuanto al acto de fallecimiento, que no obstante ello la secuencia de signos no vitales estaria completa a las 12 horas desde el fallecimiento, no necesitando llegar a cumplir las 24 horas respectivas, que sería cuando el cuerpo presenta ya los signos de descomposición".

CONSIDERANDO II: Que se elaboró un proyecto de modificación del artículo Nº 56 de la Ordenanza de Cementerio,  y se remitió iniciativa  a la Junta Departamental para su aprobación, de acuerdo a Resolución Nº 9566/2018 de fecha 5 de Septiembre de 2018.-

CONSIDERANDO III: Que la Junta Departamental se expidió al respecto, decretando la sustitución del artículo Nº 56 de la Ordenanza mencionada.-

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a la normativa legal vigente.

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE:

Primero: CUMPLASE el Decreto Nº 2464 de fecha 16 de noviembre de 2018, referente a la sustitución del artículo Nº 56 de la Ordenanza de Cementerio, Capítulo I de fecha 21/02/1949.-

Segundo: Pase al Departamento de Servicios para su cumplimiento.

Tercero: Fecho, siga a División Asesoría Letrada para su conocimiento.-

Cuarto: Por la Oficina de Prensa y Relaciones Públicas dése difusión e  insértese en la página web: www.durazno.gub.uy.-

Quinto: Cumplido y con las constancias de estilo, archívese.





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