Sarandí del Yí: mujer golpeada no aceptó custodia policial, sólo dispositivo electrónico

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Una  femenina de la referida ciudad del departamento de Durazno, que pasó por una situación de violencia doméstica, conoció el 29 de abril la decisión judicial. El hombre fue procesado bajo el régimen de Libertad Vigilada y ella será protegida a través de dispositivos electrónicos, pero no aceptó custodia.

Los detalles


La denuncia fue puesta en conocimiento de la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y Género II de Sarandí del Yí, el 27 de abril (2020). Según la denuncia una mujer mayor de edad había sido agredida por su pareja, por lo que integrantes de la Unidad realizaron las actuaciones correspondientes y pusieron al denunciado a disposición de la fiscal.

El caso tuvo otra instancia el miércoles 29 cuando ambas partes concurrieron a la sede judicial a efectos de avanzar en la dilucidación del cas. Jefatura de Policía reveló que al término de la audiencia la magistrada actuante dispuso la formalización la investigación del indagado, un hombre de 24 años de edad.

El comunicado señala que el agresor fue formalizado como “autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica agravado, en reiteración real, con un delito de lesiones personales”. La condena es por 12 meses de prisión, que cumplirá en régimen de libertad vigilada.

Dentro de las obligaciones de la Libertad Vigilada la Justicia dispuso las previstas en el artículo 7 y 8 ley 19831: residir en un lugar específico; sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la referida oficina, arresto domiciliario total por 6 meses y prohibición de contacto y acercamiento con la víctima.

Transcurridos 6 meses -indica Jefatura de Durazno- deberá presentarse una vez por semana a la Comisaría correspondiente a su domicilio, por el plazo que dure la libertad vigilada. Se dispuso la colocación de un dispositivo electrónico.

Jefatura de Policía indicó a DURAZNO DIGITAL que “surge de lo expresado por Fiscalía, que la víctima prestó su consentimiento para el uso de dispositivo y no así para la custodia policial”.

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