Del lado opuesto de la Ley: incautación en Durazno

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Un comunicado de prensa de la Jefatura de Policía de Durazno, que amplía otra gacetilla -la número 58- permite acercarse a un caso que data del 30 de marzo de este año, pero que ahora tuvo las derivaciones judiciales esperadas.

Según la Policía de Durazno -en marzo- personal del Departamento de Seguridad Rural tomó conocimiento que en paraje La Arena (jurisdicción de Comisaria 2da.) fue encontrada una plantación de marihuana, lo que dio origen a las primeras actuaciones y procedimientos de la Unidad de Investigaciones y Brigada Departamental Antidroga.

De forma inmediata fueron realizadas las diligencias correspondientes y fue enterada la fiscal, lo que permitió un allanamiento en la finca.

En esa oportunidad, si bien había 30 plantas de marihuana, se incautaron 24. El masculino -mayor de edad- que fue intervenido manifestó que era consumidor de estupefacientes.

En ese momento fiscal del caso autorizó que el alulido permaneciera con seis plantas de cannabis -así lo expresa la ley- pero la incautación de las restantes, la derivación urgente al I.T.F para su pericia correspondiente y la citación del indagado sin fecha para Fiscalía.

Finalmente, este miércoles 25 de noviembre -2020- se llevó a cabo la audiencia pactada y al término de la misma fue dispuesta la formalización de la investigación para el indagado como: “autor penalmente responsable de un delito previsto en el art. 30 de la ley 14.294, en la redacción dada por el art. 12 de la ley 19.513 y art. 9 de la ley 19.247, producción de materias primas o sustancias capaces de producir dependencia psíquica o física”. 

En ese marco, la Justicia lo condenó a la pena de 16 meses de prisión, que se cumplirán en régimen de libertad vigilada: dentro de las obligaciones de la libertad vigilada se disponen las correspondientes al art. 7 y 8 de la ley 19.831:

  • Que resida en un lugar especifico donde sea posible la supervisión de O.S.L.A.
  • Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la referida oficina.
     
  • Se presente una vez por semana a la Comisaría correspondiente a su domicilio (la que comenzará a cumplir luego de los cuatro meses). 
  • Arresto domiciliario nocturno por un periodo de cuatro meses en el horario comprendido entre las 21:00 y las 04:00 am.

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