Justicia procesó a un hombre por violencia doméstica: ordenó tobillera electrónica

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La  Justicia competente dispuso la formalización de la investigación contra un hombre de 54 años de edad, como "autor penalmente responsable de dos delitos de violencia doméstica especialmente agravados, por haberse cometido contra una mujer, en régimen de reiteración real".

Según Jefatura de Policía de Durazno, días pasados se presentó en la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y Género, una mujer -mayor de edad- la que denunció a su ex-pareja por violencia doméstica.

Ante tal hecho, funcionarios de la mencionada Unidad -bajo la supervisión del fiscal competente- “realizaron los trabajos pertinentes al caso con un total profesionalismo, reuniendo las pruebas, poniéndolas a disposición de la justicia competente”, indica textualmente la policía de Durazno.

Finalmente, este miércoles 6 de marzo -2019- en audiencia celebrada en el juzgado, la magistrada actuante dispuso la formalización de la investigación contra el hombre, como "autor penalmente responsable de dos delitos de violencia doméstica -especialmente agravados- por haberse cometido contra una mujer, en régimen de reiteración real".

Siempre según Jefatura de Durazno, fue condenado a la pena de doce meses de prisión por la Justicia. Y en ese ámbito las partes acordaron, como forma de cumplimiento, lo siguiente: dos meses de prisión domiciliaria en el horario comprendido entre las 09:00 y 18:00 y los restantes diez meses bajo un régimen de libertad vigilada.

El formalizado tendrá la obligación de residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA y estará obligado a presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado. También se lo conminó al ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.

Además, la jueza a cargo del caso le prohibió el contacto, comunicación y acercamiento por cualquier medio, respecto de la víctima y su hija, en un radio no menor a 500 metros. Y le impuso la “obligación del uso de un dispositivo de monitoreo electrónico (tobillera), por todo el periodo de pena, debiendo recabarse la voluntad de la víctima para su utilización”.





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