Intendencia de Durazno redujo carga horaria en Servicios tras pedido del gremio municipal

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En  las últimas horas la Comuna duraznense publicó en su web una resolución para bajar a 4 la cantidad de horas de trabajo a nivel de determinadas áreas del Organismo, la mayoría en espacios públicos y cementerio. Previamente las autoridades locales indicaron por decreto cuáles son los servicios esenciales.


RESOLUCIÓN HORARIOS FUNCIONARIADO DE LA IDD

Resolución Nº13837/2020

Durazno, 25 de Marzo de 2020

-VISTO: La Resolución Nº 13647/2020 del día 18 de marzo de 2020 del Ejecutivo Departamental de Durazno.-

-RESULTANDO: Que la misma fue dictada en relación a las medidas que se adoptaran ante la situación epidemiológica provocada por la expansión del COVID-19 que motivó la configuración de una emergencia sanitaria nacional.-

-CONSIDERANDO I: Que al día de hoy se hace necesario tomar nuevas medidas en virtud del avance del virus, que no admite mayores dilaciones.-

-CONSIDERANDO II: Lo solicitado por ADEOM-Durazno, en Expediente Nº 2020-2212.-

-ATENTO: A los dispuesto en el Art. 275 Numeral 9 de la Constitución Nacional, Art. 35 numeral 24 de la Ley 9515 y demás normativa vigente.

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE

-Primero: Redúzcase a cuatro (4) horas diarias de labor la jornada a los funcionarios obreros y de servicios, quedando a criterio de cada trabajador el cumplimiento de su carga horaria en forma normal para así no verse perjudicados en la remuneración a percibir por los mismos.-

-Segundo: Aquellos funcionarios con intención de cumplir con normalidad su jornada laboral deberán de expresarlo por escrito y bajo firma ante el jerarca respectivo.-

-Tercero: Téngase presente por los jerarcas respectivos que deberán preveer racionalizar los recursos humanos necesarios, a los efectos de cumplir estrictamente con los servicios esenciales determinados por este Ejecutivo en Resolución Nº 13836/2020.-


RESOLUCIÓN: SERVICIOS ESENCIALES EN ACTIVIDADES DE LA IDD


Resolución Nº13836/2020

Durazno, 25 de Marzo de 2020

-VISTO: Las Resoluciones adoptadas por el Ejecutivo Departamental de Durazno, en virtud de la pandemia determinada por la Organización Mundial de la Salud, relacionada al virus denominado “COVID- 19”.-

-CONSIDERANDO I: Que las mismas fueron dictadas en relación a las medidas que se adoptaran a nivel Nacional ante la situación epidemiológica provocada por la expansión del virus antes mencionado el cual motivó la configuración de una emergencia sanitaria.-

-CONSIDERANDO II: Que existen determinadas actividades desarrolladas por esta Intendencia que deberán seguir cumpliéndose de forma normal ya que su limitación implicaría agravar la situación sanitaria y de seguridad de la población.-

-ATENTO: A los dispuesto en el Art. 275 Numeral 9 de la Constitución Nacional, Art. 35 de la Ley 9515 y demás normativa vigente.

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE DURAZNO, RESUELVE

-Primero. Declárense “servicio esencial” a cumplir por parte de esta Intendencia Departamental, las siguientes actividades, independientemente de la repartición competente:

a) recolección de residuos domiciliarios

b) barrido de calles y plazas públicas

c) obras viales urbanas y rurales

d) limpieza y vigilancia de las instalaciones de la Intendencia Departamental

e) cuidado de animales e instalaciones del Bioparque “Washington Rodríguez Piquinela”

f) todos los servicios a cumplir en la Terminal de Ómnibus “Rodó”

g) los servicios de Necrópolis (Inhumaciones)

-Segundo.- Los funcionarios asignados previamente a las tareas descritas en el numeral anterior, deberán cumplir  el horario de trabajo dispuesto en la Resolución Nº 18837/2020 de fecha 25/3/2020, debiéndose racionalizar los recursos humanos necesarios para el cumplimiento de los servicios esenciales decretados.-

-Tercero.- En caso de resultar necesario, aquellos funcionarios cuyas tareas se vieron interrumpidas completamente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3º de la Resolución Nº 13611/2020, podrán ser citados a cumplir alguno de los servicios descritos en el numeral Primero de la presente resolución.

-Cuarto.- La nómina de actividades declaradas “esenciales” por el numeral primero de la presente resolución, puede verse ampliada, de acuerdo a las necesidades futuras.


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