Comisión de la Junta de Durazno a favor de la tolerancia en altura para proyecto de edificación

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La Comisión de Legislación y Apelaciones de la Junta duraznense sugiere aprobar la solicitud de tolerancia en la altura permitida de una edificación en el Padrón N° 4, Manzana 11 de la ciudad de Durazno. El pedido fue presentado en el marco del expediente administrativo IDD 2022-5649, que refiere a la viabilidad de localización de una construcción en altura.

Antecedentes 

El informe N° 413/2022 realizado por la Arq. Ana Laura Báez, que forma parte del expediente administrativo, había señalado incumplimientos a la normativa vigente en cuanto a alturas máximas permitidas, retiros frontales, capacidad de estacionamientos, entre otras cuestiones. Por ello, se había sugerido el pase al Sr. Asesor Letrado de la Intendencia Dr. Diego Ávila para que determine si corresponde otorgar tolerancia en referencia a la altura permitida de la edificación y el espacio para estacionamiento.

Antes del dictamen jurídico y la resolución correspondiente, se concedió vista de los obrados al gestionante particular por un plazo de 10 días. Por Resolución N° 9125/2022 se dieron vistas de las observaciones realizadas en los informes N° 413/2022 y 94/2022, solicitándose se remita el proyecto al Legislativo Departamental para su estudio y eventual otorgamiento de las tolerancias referidas.

La Comisión Asesora realizó un estudio primario del expediente y, como primer actuación, solicitó al Ejecutivo Departamental que pueda darse cumplimiento con la existencia de informe técnico del Departamento de Obras y conformidad del Ejecutivo Departamental.

La importancia del proyecto, así como los impedimentos normativos vigentes, determinaron la necesidad del estudio del mismo, a los efectos de la eventual consideración de concesión de las tolerancias requeridas. 

En la etapa de la viabilidad de localización, se estudia la pertinencia del proyecto, quedando supeditado el permiso de obras a su respectiva solicitud (que no ha sido presentada) y posterior aprobación técnica del mismo.

En caso de otorgarse la viabilidad de localización, el proyectista contará con un plazo máximo de 1 año a partir de la notificación para iniciar el trámite de permiso de edificación en el Departamento de Obras de la Intendencia de Durazno. En caso de vencimiento del plazo mencionado, se deberá gestionar una nueva viabilidad de localización para las edificaciones que correspondan.

Cabe destacar que no podrá iniciarse ninguna construcción en el padrón sin el correspondiente permiso de edificación, y en caso de constatarse dicho incumplimiento se aplicarán las sanciones previstas en la normativa vigente.

Finalmente, la Comisión Asesora ha considerado de mérito y oportunidad acceder a la solicitud de tolerancia respecto de la altura permitida de la edificación, fundando ello en que según los avances existentes en el proceso de Revisión del Plan Local de la ciudad de Durazno, la solución que se prevé a futuro para las alturas máximas en la zona donde se encuentra implantado el presente proyecto. El asunto deberá ser votado este jueves en la Sesión Ordinaria, a la hora 20.00 y figura en el Punto 1 del Orden del Día.

Proyecto completo enviado por la JDD a los medios


Punto N°1.-
“VISTO: El expediente administrativo IDD 2022-5649 caratulado: “Obras – Expediente Urbano Localización en el suelo urbano, Padrón Urbano N°4, Manzana 11”.- RESULTANDO I: Que el contenido de dicho expediente refiere a la solicitud de fecha 21 de agosto de 2022 sobre VIABILIDAD DE LOCALIZACION de una construcción  en altura en el Padrón N° 4, Manzana 11 de la ciudad de Durazno. RESULTANDO II: Que en informe N° 413/2022 realizado por la Arq. Ana Laura BEZ (el cual luce a fojas 19 y 20 del presente), se desprenden las características del proyecto presentado, observándose incumplimientos a la normativa vigente en cuanto a alturas máximas permitidas, retiros frontales, capacidad de estacionamientos, entre otras. RESULTANDO III: Que se sugiere mediante el informe antes referido el pase al Sr. Asesor Letrado de la Intendencia Dr. Diego AVILA para que determina si corresponde otorgar tolerancia en referencia a la altura permitida de la edificación y el espacio para estacionamiento.  RESUTLANDO VI: Que el Sr. Asesor Letrado sugiere y previo al dictamen jurídico y la resolución correspondiente, se conceda vista de estos obrados al gestionante particular por un plazo de 10 días. RESULTANDO V: Que por Resolución N° 9125/2022 se da vista de las observaciones realizadas en los informes N° 413/2022 y 94/2022, solicitándose se remita el proyecto  al Legislativo Departamental para su estudio  y eventual otorgamiento de las tolerancias referidas. RESULTANDO VI: Que la presente Comisión Asesora realizó un estudio primario del expediente, y como primer actuación solicitó a través de la Mesa se Oficie (de fecha 16 de Marzo de 2023) al Ejecutivo Departamental a los efectos “que pueda darse cumplimiento con la existencia de informe técnico del Departamento de Obras y conformidad del Ejecutivo Departamental”. CONSIDERANDO I: Que del informe técnico de la Intendencia de Durazno se desprende que los incumplimientos son relevantes y de trascendencia. CONSIDERANDO II: Que la importancia del proyecto, así como los impedimentos normativos vigentes, determinan la necesidad del estudio del mismo, a los efectos de la eventual consideración de concesión de las tolerancias requeridas. CONSIDERANDO III: Que en la etapa de la viabilidad de localización, se estudia la pertinencia del proyecto, quedando supeditado el permiso de obras a su respectiva solicitud (que no ha sido presentada) y posterior aprobación técnica del mismo. CONSIDERANDO IV: Que en caso de otorgarse la viabilidad de localización, el proyectista  contará con un plazo máximo de 1| año a partir de la notificación par a iniciar el trámite de permiso de edificación en el Departamento de Obras de la Intendencia de Durazno. Y que en caso de vencimiento del plazo mencionado se deberá gestionar una nueva viabilidad de localización para las edificaciones que correspondan. CONSIDERANDO I: Que no podrá iniciarse ninguna construcción en el padrón sin el correspondiente permiso de edificación, y en caso de constatarse  dicho incumplimiento se aplicarán las sanciones previstas en la normativa vigente. CONSIDERANDO VI: Que se recibió por oficio de la intendencia de Durazno N° 87/2023 de fecha 12 de abril 2023, conteniendo la respuesta a lo solicitado oportunamente y que constan en el “Resultando VI” de este informe. CONSIDERANDO VII: Que las solicitudes realizadas de tolerancia y modificaciones de cuestiones no sustanciales refieren a: a- altura máxima permitida a la edificación; y b- espacio para estacionamiento. CONSIDERANDO VIII: Que la Comisión Asesora ha considerado de mérito y oportunidad acceder a la solicitud de tolerancia respecto de la altura permitida de la edificación, fundando ello en que según los avances existentes en el proceso de Revisión del Plan Local de la ciudad de Durazno (el que ya tuvo su Puesta de Manifiesto y Audiencia Pública), la solución que se prevé a futuro para las alturas máximas en la zona donde se encuentra implantado el presente proyecto a estudio, cumpliría y estaría dentro de los criterios generales y abstractos proyectados. Además, teniendo presente que este extremo se refiere a las modificaciones que son posibles de realizar por la Junta Departamental, mediante el procedimiento previsto en el art.4 del Decreto Departamental 2315/2014, el que refiere a modificaciones de cuestiones “no sustanciales” del Ordenamiento Territorial.- CONSIDERANDO IX: Que respecto de la segunda de las solicitudes, referida a los espacios para estacionamientos, esta Comisión Asesora ha concluido que lo ofrecido por el proyectista para espacios de estacionamiento (que según inf. 413/2022 de Arq. Báez ofrece el 30% del total que debería contener) no resulta insuficientes ni satisfactoria; y por tanto no se accederá a lo solicitado. ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a las facultades legales vigentes; LA JUNTA DEPARTAMENTAL DECRETA: Artículo 1° -OTORGUESE anuencia al Ejecutivo Departamental para acceder a la tolerancia de altura máxima permitida de la edificación según lo solicitado en el expediente administrativo, remitido N° 2022-5649, es decir en el Padrón Urbano N° 4 de la Manzana 11, de la Localidad Catastral Durazno.- Artículo 2°- NO acceder a la solicitud de tolerancia respecto de los espacios para estacionamientos contenidas en el mismo expediente N° 2022-5619.- Artículo 3°- Remítase al Ejecutivo Departamental a sus efectos.- Firman los Ediles señores: FRANCISCO VALETTA, VIRGINIA BURGUES, PABLO REVELLO, FREDI DÁELSSANDRO, CARLOS KUSTER, CARLOS TORRES, INÉS COLINA”.-   IR A PORTADA 

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